Alta o renovación para Jubilados y Pensionados

Alta o renovación para Jubilados y Pensionados

¿Para qué es este trámite?

Si sos jubilado y/o pensionado, podrás beneficiarte con un descuento del 50% de la cuota fija mensual de la factura del servicio (no contempla excedentes de consumo). El beneficio tiene una vigencia de 12 meses y al cabo de ese plazo deberá renovarse. Podremos ratificarlo automáticamente en cuyo caso te informaremos con antelación por carta o mensaje en la factura dentro del espacio "Mensaje de su interés".

Requisitos

Este tramite puede hacerse en la web o en los CPC habilitados 

  • Documento nacional de Identidad del jubilado y/o pensionado
  • Último recibo de sueldo, el cual no debe superar los $861.000 de haberes netos de descuentos de ley. Además, dicho ingreso deberá conformar la única fuente de ingreso del beneficiario
  • El inmueble debe ser habitado en forma permanente por el beneficiario y para casa habitación (se excluye del descuento al inmueble que se le dé cualquier otro uso distinto al de casa habitación, aunque sea parcial)
  • El inmueble en cuestión debe constituir la vivienda única
  • Declaración jurada provista por Aguas Cordobesas

Además, en caso de ser propietario actual deberás presentar:

  • Resumen de deuda otorgado por Rentas donde conste:
    • Base imponible del Inmueble no debe superar los $83.200.000
    • La nomenclatura catastral y el titular deben coincidir con la factura de Aguas Cordobesas 
  • Si la factura de Aguas Cordobesas no se encuentra a nombre del Jubilado/Pensionado, deberá acreditar el vínculo con el titular a través de la documentación que corresponda. Por ej.: libreta de familia, partida de defunción, escritura de usufructo, declaratoria de herederos, título de propiedad del inmueble, etc.

En caso de ser inquilino deberás presentar:

  • Contrato de locación, con destino exclusivo a casa-habitación y que contemple la obligatoriedad del pago de servicios

En caso de hacer este trámite un tercero, de forma presencial en nuestras oficinas comerciales, deberá llevar su documento de identidad, con la autorización firmada del titular, acompañando la copia del documento de identidad de éste.

Preguntas Frecuentes

¿Hay un tope en el monto a percibir en el haber jubilatorio?

Si y es de $ 861000 mensuales. Si cobrás un monto mayor no podrás acceder el descuento del 50% en la tarifa fija de la factura del servicio.

¿Si el jubilado y/o pensionado no puede asistir, cómo se gestiona el trámite?

Si concurre el apoderado que figura en el recibo de jubilación o pensión u otra persona en su nombre solo deberá presentarse con los requisitos que se requieren.

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